Leyes y Decretos
Obligaciones en término del control, la prevención y protección del medio marino.

Constitución Política de Colombia
Art. 80: ¨ El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en zonas fronterizas.

Ley 99 de 1993
Art. 5. Funciones el Ministerio MMA: 14) Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas;
23) Adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna silvestres; tomar las previsiones que sean del caso para defender las especies extinción o en peligro de serlo; y expedir los certificados a que se refiere la Convención Internacional de Comercio de Especies de Fauna y Flora Silvestre amenazadas de Extinción

Decreto 2324 de 1984
Art. 5 Funciones y atribuciones de la DIMAR: 19. Aplicar, coordinar, fiscalizar y hacer cumplir las normas nacionales e internacionales tendientes a la preservación y protección del medio marino.

Ley 01 de 1991
Por la cual se expide el estatuto de Puertos Marítimos y se dictan otras disposiciones.

Resolución 930 de 1996
Reglamenta la recepción de desechos generados por los buques en los puertos, terminales, muelles y embarcaderos. Art. 2: Las sociedades portuarias, los titulares de concesiones o autorizaciones de muelles privados, muelles pesqueros y embarcaderos presentaran información detallada del tipo de explotación , trafico general de buques, cálculos de los desechos que se generan abordo tipo de buque, tipo de material que se recibe, cantidades de lastre, etc.

Política Nacional Ambiental para el Desarrollo Sostenible de los Espacios Oceánicos...
CALIDAD AMBIENTAL DEL MEDIO MARINO. PROGRAMA:
Evaluación, prevención y control de las fuentes terrestres y marinas de contaminación al mar. OBJETIVO: Formular, concertar e implementar un Programa Nacional, en el marco de las obligaciones adquiridas internacionalmente por el país, que permita proteger, la salud humana, reducir la degradación del medio marino , la rehabilitación de las áreas prioritarias, promover la conservación y uso sostenible de los ecosistemas y recursos marinos y costeros y mantener la productividad de la biodiversidad marina.